lunes, 9 de julio de 2012

Proyecto de Estatuto Único de la Profesión Docente

Compañeros y compañeras, les presentamos la versión más reciente del proyecto de ESTATUTO ÚNICO DE LA PROFESIÓN DOCENTE. Porque su opinión es importante para nosotros, los invitamos a conocerlo, a presentar sus inquietudes, a apoyarlo y a compartir sus opiniones sobre el documento en este espacio. 



13 comentarios:

  1. Buen día,
    En el artículo 91, sobre periodicidad de la evaluación de desempeño, se indica que se hará evaluación con 5 o más meses laborados (actualmente son 3)... de esta forma están impidiendo que se pueda hacer en un mismo año evaluacion de periodo de prueba y de desempeño para quienes se presentan a segundo concurso...

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  2. Los cargos de directivo docente de vicerrector y supervisor, no tiene razón de ser, eso es tener mas ojos vigilantes encima de los docentes, ademas generan gastos inoficiosos que podrían invertirse mejor.

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  3. Santiago Díaz
    En el proyecto no se encuentran: La asimilación de los docentes que estan en 2A y tienen su maestría, y en el artículo 51 tampoco se encuentra el permiso remunerado para directivos coordinadores

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  5. Pienso que no es tan justo que haya subnivel D, ya que un normalista para llegar al nivel 3D debe trabajar durante 30 años, es decir la oportunidad de ascender de nivel es casi mínima, teniendo en cuenta únicamente la experiencia laboral.

    Propongo que exista hasta el subnivel C

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    1. Hola profe, uno de los problemas en la profesion docente es que en el estatuto 2277 basicamente se planteo el ascenso por tiempo de servicio, pero siendo de mayor conciencia se debe comninar al profesorado es a que se profesionalize y ascienda por meritos academico; cloro esta si se quiere pensar las en los niños y la educacion que achantarse a esperar que pasen los años y suba el sueldo.

      Con sentimiento de respeto.
      Robin

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  7. Con el mayor respeto señores de la Fecode, 1o. siento que la propuesta de la ADE para nada se tuvo en cuenta.La propuesta de la ADE era racional, lógica y adecuada al proceso del dto. 2277, además aprobada por toda la asamblea de la ADE. En esta nueva propuesta se puede estar presentando discriminación y desigualdad, se debe realmente estudiar la supresión de muchos articulos, o su modificación antes de apresurarse a llevar a la mesa tripartita, por ejemplo, el articulo 52 le quita vacaciones a los directivos docentes cuando los estatutos y leyes actuales del gobierno neoliberal no lo hacen, (Pregunta: se trata de poner articulos en contravía?? a los intereses magisteriales?????). 2o. Que forma de ayudar a los coordinadores con el porcentaje del sobresueldo...en la propuesta de fecode en nada lo aumentan, sin embargo a otros directivos nuevos y recien creados...les ponen sobresueldos por encima de cualquiera...(Perdón...¿por qué será que el propio sindicato hace esto???? empeora y no mejora?????)...3o. Ustedes en la practica se imaginan una evaluación de desempeño realizada por un consejo directivo????. Por ejemplo: ¿como obtener evidencias la sra. x y el sr, del sector productivo que hacen parte de este organismo tan manipulado hoy por hoy ...podría convertirse en un oprobioso tribunal de la santa inquisición....el sistema de evaluación hoy como está...no ha tenido problemas en los colegios, ningún rector ha rajado a nadie...4o. El esperpento del art.126, donde todo debe pasar por el consejo directivo...ojalá no suceda lo mismo con la evaluación de desempeño y el alto tribunal de la inquisición. 5o. Ojalá con los puntos (aprox. a $10.000 pesos cada uno), que dan a cada grado en el escalafón docente, según el art.19 numeral 9, no se conviertan en una fantasía, puesto que calculando a lo que ganamos hoy nos aumentarían mas del 100%, situación dificil en el Ministerio de Hacienda, lupa de todos los proyectos de ley, y no vayamos a transar todo lo dicho anteriormente, que nos ahorca, por un pirrico aumento del -5% como ocurre hoy día año a año...Con el mayor respeto, ojalá tengan en cuenta el prospecto de la ADE y que no vaya a ser que por el afán...no sé por qué...no quede sino el cansancio...saludo fraternal.

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  8. Entendiendo que el proyecto tiene como fin realizar un proceso de concertación en la comisión tripartita, no comprendo o no hallo explicación al por qué en el mismo reducen las vacaciones de los directivos docentes, será que tambien le van a reducir las vacaciones a todos los que no desempeñan la labor docente incluyendo a los directores de nucleo, supervisores y docentes con encargo sindical.

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  9. LOS MICOS EN EL PROYECTO DE ESTATUTO UNICO DE LA PROFESION DOCENTE PROPUESTO POR FECODE
    Por Reinaldo Epia. Exdirectivo Aica y Srio. DD.HH CUT Caquetá.

    1. MICO UNO. En el artículo 19 se exige al Licenciado para ascender del Grado 2 D al Grado 3 A; al especialista para ascender del 3 D al 4 A y al Magíster para ascender del 4 D al 5 A , dizque una producción académica ( léase …. obra didáctica, texto de enseñanza, investigación en educación, innovación pedagógicas y metodológicas que a juicio del Comité Técnico Pedagógico aporten a la pedagogía, al conocimiento, a la ciencia, a la técnica, y a los demás bienes y valores de la cultura). En ninguna parte ni del 2277 ni del 1278 está este requisito y ahora nuestros honorables ejecutivos de Fecode lo quieren meter a la fuerza. No me opongo a que haya producción académica que se pueda homologar como tiempo de servicio para ascenso, pero NO como requisito para ascender. Ese peaje para ascender no lo puede impulsar nuestra federación.

    2. MICO DOS. El artículo 30 del proyecto de Fecode, establece los requisitos para participar en el concurso de ingreso a la carrera docente. Para ser rector exige tener título de Licenciado en Educación o profesional con título diferente con formación pedagógica previa y Postgrado en Educación, 400 horas certificadas en Administración Educativa o Derecho Educativo y/o similares y DIEZ AÑOS DE EXPERIENCIA en el sector educativo. Aquí vuelve y juega, porque el decreto 1278 apenas solicita título de licenciado en educación o título profesional y 6 años de experiencia. Ahora nuestros honorables representantes en Fecode le aumentan 4 años y le ponen de ñapa 400 horas de administración o derecho educativo. Como si eso fuera fácil en la provincia. En ese orden de ideas ningún docente del 1278 podría aspirar a ser rector, si hoy fuera aprobado el mencionado proyecto de Fecode

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  10. LOS MICOS EN EL PROYECTO DE ESTATUTO UNICO DE LA PROFESION DOCENTE PROPUESTO POR FECODE.
    POR : REINALDO EPIA. Exdirectivo AICA y Srio DDHH CUT Caquetá
    3. MICO TRES. El renombrado Proyecto de Estatuto Docente Único que va a presentar Fecode en la mesa tripartita del gobierno contempla:
    ARTÍCULO 91. PERIODICIDAD DE LA EVALUACIÓN. “La evaluación de la labor docente será bianual y se realizará al terminar cada año escolar; a los docentes o docentes directivos que hayan servido en la institución educativa por un término superior a 5 meses durante el respectivo año académico. El promedio de las 2 evaluaciones realizadas cada año será el porcentaje final de la evaluación de desempeño bianual”. Será que nos quieren enredar? Veamos:
    Bianual significa que se hará dos veces al año y aquí es donde está el ORANGUTÁN. El Consejo de Estado mediante fallo del 25 de febrero de 2010, para el Radicado número: 11001-03-25-000-2008-00007-00(0028-08), ante la demanda interpuesta por el asesor jurídico de Fecode Dr. JORGE HUMBERTO VALERO RODRIGUEZ, FALLÓ:

    DECRETASE: La nulidad de las expresiones “dos valoraciones”, la “primera valoración”, la “segunda valoración” y en general las que se refieran a más de una evaluación anual, que aparecen en el Decreto 3782 del 2 de octubre de 2007.( El fallo se consigue por internet).
    En otras palabras tumbó las dos evaluaciones que venían haciéndose con base en el decreto 3782 de 2007, reglamentario del 1278 y a partir de dicho fallo solo quedó una evaluación anual. Entonces, por Dios, de dónde sacan en Fecode que ahora la evaluación se hará bianual ( dos veces al año). Eso va en contravía de lo ganado por vía jurídica ante el Consejo de Estado apenas hace dos años. Va contra los intereses de los educadores que nunca han visto con buenos ojos la evaluación de desempeño.

    4. MICO CUATRO. Hasta hoy, las evaluaciones de desempeño para los docentes del 1278 las viene haciendo el rector de las instituciones educativas, pero miremos qué dice el proyecto de fecode:

    ARTÍCULO 92. COMPETENCIA PARA EVALUAR. Los docentes y docentes directivos serán evaluados por el Consejo Directivo de cada Institución Educativa de conformidad con los instrumentos fijados por el Comité Nacional de Evaluación Docente…

    Es decir, ahora no quedamos en manos del rector sino en manos de todos los miembros del Consejo Directivo. Imagine usted amigo lector que el docente tenga conflicto con los padres de familia, o con los estudiantes, o con los egresados, pues ahí se la cobran. Uno aquí no puede volverse democratero con el discurso de la participación y el gobierno escolar. Es evidente que en temas tan álgidos como la pedagogía o la evaluación en sus cuatro gestiones, el llamado a evaluar como hasta hoy viene haciéndose, es el rector como jefe inmediato y no empoderar a un Consejo Directivo o a unas Juntas de Acción Comunal , que en el campo, usurpa a veces sus funciones y que en la mayoría de los casos poco o nada tienen que aportar en materia de la evaluación docente, salvo los problemas magnificados que se hayan tenido con los docentes.

    reinaldoepia@gmail.com.

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  11. Considero que el cargo de vicerrector no deberia existir ya que para eso existe el de coordinador.

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  12. Para la evaluación diagnostica formativa, quienes deben aplicar las encuesta a estudiantes y padres de familia?

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