viernes, 11 de septiembre de 2015

¿A qué se refiere el carácter diagnóstico formativo de la evaluación?

El decreto ley 1278 concebía varios tipos de evaluaciones. La evaluación de periodo de prueba, de desempeño y la evaluación de competencias. Esta última era estrictamente necesaria para el ascenso y reubicación en el escalafón de los maestros y maestras. Por años, se convirtió más en un obstáculo que en una forma de ayudar al docente en su crecimiento profesional y laboral.

Una vez salían los resultados de estas evaluaciones, los comentarios negativos de los educadores y educadoras se multiplicaban por montones porque sólo unos pocos podían ascender. Producto de la contundente movilización del magisterio, dentro de los acuerdos que se firmaron en febrero del 2014, entre Fecode y el gobierno nacional, se determinó que la de ese año sería la última evaluación de competencias.

Acabar con esa evaluación era una necesidad urgente, por eso, el Comité Ejecutivo de Fecode lo asumió como una prioridad. El presente año, 2015, tras el victorioso paro del magisterio que comenzó el 22 de abril y finalizó el 7 de mayo, Gobierno y Fecode definieron que el nuevo carácter que tendría la evaluación sería diagnóstico formativo. De esta manera, se cumplía con un mandato de la XIX Asamblea General de Fecode en 2013, y la evaluación perdió su sentido punitivo, dándole un vuelco con un nuevo concepto.

Esta nueva evaluación se llama diagnóstica porque busca primero observar cómo se desarrolla la práctica educativa y pedagógica del maestro, considerando el contexto en que se desenvuelve; haciendo una reflexión y planeación consciente de su labor; examinando la praxis; y analizando el ambiente del aula. Es como el diagnóstico de un médico que observa unos síntomas y condiciones para establecer una valoración, que en este caso debe ayudar al ejercicio en la clase.

El aspecto formativo viene después de la evaluación del video. En primera medida, debe identificar las fortalezas de la práctica, en los aspectos pedagógicos, disciplinares o de manejo del grupo. Posteriormente, particulariza las debilidades en que el maestro ha de trabajar para mejorar su labor. Es un ejercicio de ayuda, nunca de castigo, como sucedía en la anterior evaluación.

El nuevo decreto que reglamenta la evaluación con carácter diagnóstica formativa (ECDF) fue acordado entre Fecode y el Ministerio, y presentado al público el pasado 20 de agosto, con presencia también del Ministerio del Trabajo y Defensoría del Pueblo como garantes de su cumplimiento. Es el resultado de un trabajo de más de tres meses, con sesiones intensas, donde el Ministerio presentó varias propuestas y la Federación se opuso a todos los aspectos negativos; la esencia del documento final recoge en gran medida lo planteado por Fecode.

Este decreto inicial cobija a los maestros que presentaron la evaluación de competencias a partir del 2010 y no la superaron, que además estén ubicados en el grado A y que cumplan con el procedimiento explicado en diferentes instancias.

Cabe resaltar que el cambio altamente positivo en este nuevo modelo es que si se aprueba la evaluación, el docente ascenderá y se reubicará salarialmente en el acto, con efectos fiscales apenas se publiquen los resultados. Si, por el contrario, no pasa esta etapa, debe presentar un curso de formación que estará en correspondencia a lo arrojado en la evaluación. Por ejemplo, si se prescribe que el docente tiene problemas con lo didáctico, el curso se enfocará en el trabajo didáctico.


En resumen, en esta primera convocatoria, si el docente se presenta la evaluación y la supera, asciende; si no es así, debe hacer el curso y una vez lo apruebe, asciende; entonces, la gran mayoría de los que la presentarán deben terminar ascendiendo.

18 comentarios:

  1. Y como ascienden los Rectores que pertenecen al decreto 1278?

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    1. Favor leer el siguiente artículo: http://prensafecode.blogspot.com.co/2015/09/oportunidad-sin-distinciones.html

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  2. Y como ascienden los Rectores que pertenecen al decreto 1278?

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  3. El último párrafo es una gran mentira. El decreto 1757 en el artículo 2.4.1.4.5.1.2 dice "Con la aprobación del respectivo curso por parte del docente, en los términos del numeral 2 del artículo 36 del Decreto ley 1278 de 2002, la entidad certificada procederá al ascenso o reubicación..." Al consultar dicho artículo se encuentra: "Serán candidatos a ser reubicados en un nivel salarial superior, o a ascender en el escalafón docente, si
    reúnen los requisitos para ello, quienes obtengan más de 80% en la evaluación de competencias. Para las reubicaciones y ascensos se procederá en estricto orden de puntaje hasta el monto de las disponibilidades presupuestales anuales. En conclusión, si no pasa el video toma un curso y si lo aprueba DEBE PRESENTAR EL EXAMEN DE COMPETENCIAS.

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  4. Y para los docentes que escalafonaron a través de la aprobación del examen de competencias, para seguir ascendiendo continua presentando dicho examen o hay otro procedimiento?

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  5. Como se ve, la matriz del "diagnóstico" es el esquema de la dofa, el fundamento neoliberal de la GERENCIA ESTRATÉGICA. "Debilidades" y "fortalezas" que están a la base de la evaluación que impuso la "revolución educativa" de Uribe. Se evalúa contra el estándar, quien no demuestre estar allí, hace un "plan de mejoramiento" que le permitirá hacer y pensar como dice la Ocde...

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  6. cómo va a ser en el caso de los coordinadores?

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  7. cómo va a ser en el caso de los coordinadores?

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    1. En el siguiente artículo de este blog, titulado: 'Oportunidad sin distinciones'.
      http://prensafecode.blogspot.com.co/2015/09/oportunidad-sin-distinciones.html

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  8. Para postularse como pares academicos en este proceso de evaluacion que requisitos se necesitan y donde esta el enlace para la inscripcion?

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  9. La universidad externado en el mes de octubre tiene la primera promocion de magister en evaluacion y aseguramiento de la calidad de la educacion. un grupo de 32 docentes . es posible vincularnos como pares evaluadores?

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  10. La universidad externado en el mes de octubre tiene la primera promocion de magister en evaluacion y aseguramiento de la calidad de la educacion. un grupo de 32 docentes . es posible vincularnos como pares evaluadores?

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  11. Para postularse como pares academicos en este proceso de evaluacion que requisitos se necesitan y donde esta el enlace para la inscripcion?

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  12. Solo responden los comentarios que pueden, con los demás, ni vergüenza les da.

    Decir que con el curso formativo asciende o se reubica es validar que podemos movernos en el escalafón con los títulos que logremos en universidades de calidad, o sea con las maestrías, doctorados y licenciaturas, cuestión que luchábamos desde el inicio.

    Por otro lado, el curso formativo no será garantía de ascenso o reubicación desde la segunda ECDF, o sea con el nuevo decreto que regirá desde el 2016, así, seguiremos dependiendo del presupuesto, lo qie implic que menos de un 20% lo logrará.

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  13. ¿Cómo es posible que FECODE permita que nos evalúen como a Normalistas? Tengo más de veinte años de ser docente, 45 años de edad, para volver a tener una mugrosa clase vigilada por un par que quizás tenga muchos títulos pero quién sabe si la experiencia para evaluar mi clase. Además yo puedo grabar una excelente clase y en la realidad ser un mal pedagogo ¿entonces: qué van a evaluar al profesor que finjo ser o al profesor que soy en el diario transigir pedagógico?

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    1. Cómo normalistas o como estudiantes en una normal? Personalmente no estoy de acuerdo con esa evaluación porque una cosa deberia ser mejoramiento salarial y otra identificación de necesidades de mejoramiento profesional; que por lo demas deberia correr por cuenta del emoleador en un plan de capacitación; además, pienso que es más costo pagar inscripcón, video y curso en la universidad que simplemente inscripción para un examen.

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  14. Como ascienden aquellos que terminaron maestria en el 2015 y no han presentado la evaluación por primera vez?

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  15. En la marcha de Pereira decían "Todos somos Río Cauca". Yo me pregunto: alguno de ustedes es Río Catatumbo???

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