En un principio,
el acuerdo para la construcción del nuevo decreto hablaba de que se iban a
desarrollar unos criterios, unos instrumentos, en el desarrollo de las
reuniones se le agregó adicionar los principios de la evaluación. Esto es
clave.
El decreto 1278
ya establece unos principios propios, como concurrencia, universalidad,
objetividad. Dentro del marco de la evaluación diagnostica, aparecen 10
principios que direccionan la aplicación de esta evaluación, entre ellos, hay 3
fundamentales:
Autonomía escolar. Hace
referencia a que la práctica del docente se desarrolla dentro del contexto
institucional y se enmarca en el Proyecto Educativo Institucional, el cual responde
al colegio donde el docente trabaja.
Libertad de cátedra. El docente
tiene la libertad de diseñar su currículo, su plan de estudios dentro del marco
que él considere pertinente y en correspondencia con el PEI. En este sentido,
él o ella pueden orientar su cátedra en el enfoque y de acuerdo a una didáctica
pertinente.
Pluralismo pedagógico. No
se va a evaluar el modelo pedagógico, el maestro puede tener un enfoque pedagógico,
pero en ningún caso se evalúa el enfoque, sino cómo desarrolla el conocimiento
y cómo desarrolla su metodología.
Además, los
criterios son respetuosos y lo suficientemente amplios para evitar que el
maestro se vea atrapado en un modelo único. El Ceid de Fecode fue cuidadoso en
la redacción y planteamiento de los aspectos a evaluar para impedir que el gobierno
imponga un modelo pedagógico estándar.
Cabe destacar
que en la evaluación de competencias, el gobierno imponía una visión de
pedagogía, una manera de diseñar el currículo. Aquí se rompe el criterio y el
maestro tiene libertad para efectuar el marco pedagógico que él considere
pertinente.
Da igual, pues luego de la primera ECDF (o sea desde el 2016) el curso formativo no garantizará en movimiento en el escalafón, seguiremos dependiendo del presupuesto, es decir, menos del 20% lo logrará.
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